martes, 19 de enero de 2021

La UE presenta a las plataformas digitales su potencia normativa

 Artículo publicado también en Europa en movimiento.

INICIATIVAS LEGISLATIVAS SOBRE SERVICIOS Y MERCADOS DIGITALES

Euro-leyes frente a dólares digitales, se podría simplificar, si bien se busca una alianza, no una guerra abierta que no dejaría vencedores.

La Comisión ha propuesto este 15 de diciembre una ambiciosa reforma de la esfera digital, con dos nuevas leyes sobre todos los servicios digitales, tales como las redes sociales, los mercados en línea y otras plataformas que operan en la Unión Europea: se trata de la norma sobre servicios digitales y la norma sobre mercados digitales (detalle y texto íntegro de los proyectos de ley clicando en los enlaces).

El objetivo trata de encontrar un difícil punto medio entre la protección frente a las omnipotentes plataformas digitales, en su mayoría de capital norteamericano, sin perjudicar a las tecnológicas europeas o al ciudadano usuario final de estos servicios. El equilibrio buscado ensombrece algo el lenguaje y la claridad del mensaje, que mezcla bites con valores europeos y competencia empresarial.

Para Margrethe Vestager, vicepresidenta responsable de la cartera de una Europa Adaptada a la Era Digital, «las dos propuestas persiguen un único objetivo: garantizar que, como usuarios, tengamos acceso a una amplia gama de productos y servicios seguros en línea, y que las empresas que operan en Europa puedan competir libre y equitativamente en línea del mismo modo que lo hacen fuera de línea».

Por su parte, el comisario de Mercado Interior, Thierry Breton, pone el énfasis en que «organizamos nuestro espacio digital para las próximas décadas. Mediante unas normas armonizadas  -señala-,  una  obligaciones   ex   ante, una  mejor  supervisión,  una ejecución ágil y sanciones disuasorias, garantizaremos que cualquier persona que ofrezca y utilice servicios digitales en Europa disfrute de seguridad, confianza, innovación y oportunidades empresariales».

Norma sobre servicios digitales

Asistimos a un panorama muy diferente hoy de cuando se adoptó hace dos décadas la Directiva sobre comercio electrónico: los intermediarios en línea se han convertido en agentes fundamentales de la transformación digital, especialmente las plataformas que han creado importantes ventajas para los consumidores y la innovación, han facilitado el comercio transfronterizo dentro y fuera de la Unión y han brindado nuevas oportunidades a diversas empresas y comerciantes europeos; hasta aquí lo bueno.

Al mismo tiempo, pueden ser objeto de abusos como vehículo para difundir contenidos ilícitos o vender bienes o servicios ilegales en línea. Han surgido algunas plataformas muy grandes como espacios casi públicos para el intercambio de información y el comercio en línea. Estas se han convertido en sistémicas y plantean especiales riesgos para los derechos de los usuarios, los flujos de información y la participación de la población.

Se plantea aplicar obligaciones vinculantes a escala de la UE a todos los servicios digitales que conecten a los consumidores con bienes, servicios o contenidos, incluidos nuevos procedimientos para la retirada más rápida de los contenidos ilícitos, así como una protección completa de los derechos fundamentales de los usuarios en línea. La nueva normativa quiere reequilibrar los derechos y las responsabilidades de los usuarios, las plataformas intermediarias y las autoridades públicas. 

Las plataformas que lleguen a más del 10% de la población de la UE (45 millones de usuarios) se considerarán de carácter sistémico y estarán sujetas no solo a obligaciones específicas de control de sus propios riesgos, sino también a una nueva estructura de supervisión. Este nuevo marco de rendición de cuentas estará integrado por un consejo de coordinadores nacionales de servicios digitales, con facultades especiales para la Comisión en materia de supervisión de plataformas muy grandes, incluida la facultad de sancionarlas directamente.

Concretamente, la norma sobre servicios digitales introducirá una serie de nuevas obligaciones armonizadas a escala de la UE aplicables a los servicios digitales, graduadas en función del tamaño y el impacto de dichos servicios, tales como:

  • normas sobre la retirada de bienes, servicios o contenidos ilícitos en línea;
  • salvaguardias para los usuarios cuyos contenidos hayan sido suprimidos erróneamente por las plataformas;
  • nuevas obligaciones para que las plataformas adopten medidas basadas en los riesgos para evitar el abuso de sus sistemas;
  • medidas de transparencia de amplio alcance, incluidas las relativas a la publicidad en línea y a los algoritmos utilizados para recomendar contenidos a los usuarios;
  • nuevos poderes de control del funcionamiento de las plataformas, por ejemplo, facilitando el acceso de los investigadores a los datos clave de aquellas;
  • nuevas normas sobre trazabilidad de las empresas en los mercados en línea, para ayudar a localizar a los vendedores de bienes o servicios ilegales.

Norma sobre mercados digitales

La  segunda norma planteada aborda las consecuencias negativas derivadas del comportamiento de determinadas plataformas que actúan como «guardianes de acceso» en el mercado único, que tienen un impacto significativo para que las empresas lleguen a sus clientes.

Se trata de plataformas que tienen el poder de actuar como cuellos de botella entre las empresas y los consumidores, y pueden impedir que servicios valiosos e innovadores de sus empresas y competidores lleguen al consumidor o hacer que les lleguen más lentamente. Algunos ejemplos son el uso no equitativo de los datos de las empresas que operan en estas plataformas o situaciones en las que los usuarios están obligados a utilizar un servicio concreto y tienen pocas posibilidades de cambiar a otro.

Se contemplan sanciones por incumplimiento que podrían traducirse en multas de hasta el 10% del volumen de negocios mundial del guardián de acceso, a fin de garantizar la eficacia de las nuevas normas. En el caso de los infractores recurrentes, estas sanciones también podrán entrañar la obligación de adoptar medidas estructurales, que podrían extenderse a la desinversión de determinadas empresas.

Concretamente, la norma sobre mercados digitales:

  • se aplicará únicamente a los principales proveedores de servicios de plataforma básica más propensos a prácticas desleales, tales como los motores de búsqueda, las redes sociales o los servicios de intermediación en línea, que cumplan los criterios legislativos objetivos para ser designados como guardianes de acceso; 
  • prohibirá una serie de prácticas manifiestamente desleales, como impedir que los usuarios desinstalen programas informáticos o aplicaciones preinstalados;
  • exigirá a los guardianes de acceso que se permita que los programas informáticos de terceros funcionen correctamente e interactúen con sus propios servicios.

Frente al poderío económico y en muchas ocasiones monopolístico de las plataformas digitales, la Unión presenta su potencia normativa (se inicia con 2021 el largo procedimiento legislativo), siempre aderezada además por una capacidad sancionadora inmensa y real frente a los Estados nación enfrentados a los gigantes de la red.

Para los interesados, en grandes iniciativas como ésta la UE va elaborando en el proceso una serie de consultas públicas, informes y análisis que en ocasiones superan en interés los oscuros resultados finales en jerga legal, en este caso sobre aspectos de la relevancia de la competencia, los abusos monopolísticos, cómo afecta la digitalización a los derechos fundamentales o si estamos aún a tiempo de ordenar el marco digital sin dañar la economía.

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